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Hacer efectivo un derecho: invidentes y deficientes visuales en el Museo de La Rioja
Boletín de la ANABAD 1999 49 (3-4)725-734 Abstract: En los museos el acceso a la información, dejando al margen el acceso a la documentación que tiene sus propios mecanismos, es el referido a la colección. Este acceso al patrimonio y la cultura está reconocido como un derecho para todos los ciudadanos en el marco jurÃdico español. La Constitución Española de 1978, en su artÃculo 44.1, señala que 'los poderes públicos promoverán y tutelarán el acceso a la cultura, a la que todos tienen derecho'. Asà mismo, la Ley de Patrimonio Histórico de 1985, en su articulo 62, recoge que se garantiza el acceso de todos los ciudadanos a los Arcchivos, Bibliotecas y Museos'. Al mismo tiempo, en la propia Constitución (artÃculo 41) y en otras disposiciones como en la Ley 13/1982, de 7 de abril, de Integración Social de los Minusválidos se hace hincapié en la integración de los disminuidos fÃsicos, sensoriales y psÃquicos a los que se prestará la atención especializada que requieran y a los que se amparará especialmente para el disfrute de sus derechos. Sin embargo, este derecho no puede ser ejercido en igualdad de condiciones por toda la población; hay colectivos como los discapacitados fisicos, psÃquicos y sensoriales que encuentran barreras efectivas para su acceso al patrimonio. El objetivo de esta comunicación es recoger la experiencia que desarrollan afiliados de la O.N.C.E. en el Museo de La Rioja desde el curso 97-98 para paliar en cierta medida esta situación.
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updated: 2008-05-23 04:02:23 DoIS team
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