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¿La información en los Archivos Históricos: derecho o disciplina?
Boletín de la ANABAD 1999 49 (3-4)295-304 Abstract: La Constitución española es explÃcita y firme cuando apoya el derecho a la información, la cultura, la defensa y manifestación de la propia identidad: La Nación española, deseando establecer la justicia, la libertad y la seguridad y promover el bien de cuantos la integran, en uso de su soberanÃa, proclama su voluntad de proteger a todos los españoles y pueblos de España en el ejercicio de los derechos humanos, sus culturas y tradiciones, lenguas e instituciones y promover el progreso de la cultura y de la economÃa. Sólo la posible colisión entre intereses obliga al legislador a plantear alguna cautela, para evitar el daño cierto que un uso. El preámbulo de la Constitución Española de 27 de diciembre de 1978 ( B.O.E., núm. 311, 29 de diciembre de 1978. El texto de nuestra Carta Magna desarrolla esta exposición de intenciones, art. 20, 25 33, 34, 44, 46, 48, 50, 53,105,148,149. Sin ánimo de agotar todas los artÃculos que afectan a este derecho podemos recordar el art. 20.1. 'Se reconocen y protegen los derechos: A) Expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción. b) A la producción y creación literaria, artÃstica, cientÃfica y técnica. Y el 105 b) 'La ley regulará el acceso de los ciudadanos a los archivos y registros administrativos, salvo en lo que afecte a la seguridad y defensa del Estado, la averiguación de los delitos, y la intimidad de las personas'
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updated: 2008-04-12 04:02:32 DoIS team
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